Empleada doméstica por horas: también hay que registrarla
“Viene solo los martes, no hace falta registrarla”
Es la frase que más escuchamos. Y es falsa.
La Ley 26.844 no establece ningún mínimo de horas para la obligación de registrar: si una persona trabaja en tu casa una hora por semana, ya existe una relación laboral y ya corresponde darla de alta.
La buena noticia: registrar a alguien que trabaja pocas horas es más barato de lo que la mayoría imagina. El régimen está pensado justamente para estos casos.
Un régimen con sus propias reglas
Tener una empleada por horas no es “lo mismo pero más chico”. Los aportes no son un porcentaje del sueldo sino importes fijos escalonados según las horas semanales, y una misma trabajadora puede estar registrada por varios empleadores a la vez: cada uno responde por sus horas, y que otro ya la tenga en regla no te exime a vos.
El sueldo sale del valor hora de su categoría, que depende de las tareas y no de cuántas horas venga. Estos son los valores vigentes:
| Categoría | Hora c/retiro | Hora s/retiro | Mes c/retiro | Mes s/retiro |
|---|---|---|---|---|
| Supervisor/a | $4.805,82 | $5.215,59 | $599.514,52 | $661.702,46 |
| Tareas específicas (cocineros/as) | $4.580,80 | $4.973,38 | $560.776,33 | $618.187,89 |
| Caseros/as | — | $4.337,53 | — | $548.429,23 |
| Asistencia y cuidado de personas | $4.337,53 | $4.801,52 | $548.429,23 | $605.050,00 |
| Tareas generales | $4.064,08 | $4.337,53 | $498.582,06 | $548.429,23 |
Valores vigentes desde octubre 2026. Son mínimos legales: puede pagar más, nunca menos. A partir de 24 horas semanales para el mismo empleador corresponde el sueldo mensual. Se suman aparte el adicional por antigüedad (1% del básico por año, computable desde septiembre de 2020) y el de zona desfavorable (31%). Para el número exacto de su caso, con esos adicionales, use la calculadora de sueldo de empleada doméstica; la escala completa tiene además los meses que vienen.
Y hay un umbral que casi nadie tiene presente: a partir de 24 horas semanales para el mismo empleador ya no se paga por hora, corresponde el sueldo mensual de la escala. Es un umbral por empleador, no por trabajadora: si hace 15 horas en tu casa y 20 en otra, en tu caso se sigue pagando por hora. Para ver el orden de magnitud en tu caso está la calculadora de sueldo de empleada doméstica.
Lo que se paga igual, aunque venga poco
Este es el punto que más sorprende, y el que más diferencias genera: una empleada por horas tiene exactamente los mismos derechos que una de jornada completa. Lo que cambia es el monto, no el derecho.
Si un feriado cae en el día que viene, cobra esas horas sin trabajarlas. Si falta enferma el martes que le tocaba, ese día se paga: tiene licencia por enfermedad paga. Le corresponden aguinaldo en junio y diciembre (la calculadora de aguinaldo te da el número), vacaciones pagas, adicional por antigüedad, ART, obra social y liquidación final si la relación termina.
La obra social tiene además su propia trampa: con menos de 16 horas semanales el aporte de una sola casa no alcanza para la cobertura.
La cuenta mental de “viene cuatro horas, le pago las cuatro horas y listo” es justamente la que acumula deuda sin que nadie se dé cuenta.
Nos decís las horas y las tareas y te armamos el número exacto de hoy. Sin compromiso.
“¿Y qué gano yo registrándola?”
No es solo evitar problemas (que ya sería suficiente). Está la cobertura ante accidentes: un accidente doméstico sin ART puede costarte tu patrimonio. Está el blindaje ante reclamos: sin registro, un reclamo se calcula sobre la antigüedad real, con los aportes de todo el período adeudados e intereses; registrada y documentada, los números son otros. Y está la deducción de Ganancias: si pagás el impuesto, el sueldo y las contribuciones son deducibles hasta cierto tope, y en muchos casos ese ahorro cubre buena parte del costo.
El error típico del empleador “por horas”
Registrarla… con menos horas de las reales. Parece un ahorro y es una bomba de tiempo: frente a un reclamo cuentan las horas reales, no las declaradas. Se deben los aportes de la diferencia, con intereses, y la indemnización sale sobre el sueldo real.
Las horas declaradas tienen que coincidir con las reales. Punto.
Lo hacemos por vos, empiece hoy o haga años que viene
En Doméstica al Día hacemos el alta en ARCA con la categoría y las horas correctas, calculamos el valor hora vigente y te mandamos el recibo todos los meses. Sea una empleada de 4 horas semanales o de jornada completa.
El precio es el mismo en los dos casos —$300.000 por semestre, $50.000 por mes por empleado— porque el trabajo de mantener todo al día es el mismo. Si tu empleada viene pocas horas, el servicio pesa más en proporción; lo que compra es exactamente lo mismo: que no acumules deuda sin enterarte.
Contanos las horas y las tareas y te decimos en el día cuánto corresponde pagar y cómo empezar.
El régimen por horas no es una versión reducida del régimen laboral. Es el mismo, con números más chicos.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que registrar a mi empleada si viene una vez por semana?
Sí. La Ley 26.844 no fija ningún mínimo de horas: desde la primera hora existe relación laboral y corresponde el alta, con obra social y ART. Lo que cambia con las horas es el monto del sueldo y de los aportes, no la obligación.
Si trabaja en varias casas, ¿quién la registra?
Cada empleador la registra por las horas que trabaja en su casa. Que otro empleador ya la tenga registrada no te exime: tu obligación es por tus horas, y son independientes entre sí.
¿Desde cuántas horas se paga sueldo mensual en vez de por hora?
Desde 24 horas semanales para el mismo empleador corresponde el sueldo mensual de la escala. Es un umbral por empleador: si trabaja 15 horas en tu casa y 20 en otra, en tu caso se sigue pagando por hora.
¿Le corresponden aguinaldo y vacaciones si viene pocas horas?
Sí, exactamente igual que a una empleada de jornada completa. Lo que cambia con las horas es el monto, no el derecho.
¿Puedo registrarla por menos horas de las que trabaja?
No, y es el error más caro del régimen por horas. Frente a un reclamo, lo que cuenta son las horas reales: se deben los aportes de las horas no declaradas, con intereses, y la indemnización se calcula sobre el sueldo real. El ahorro mensual no cubre ni una fracción de ese riesgo.
¿Puedo deducir de Ganancias lo que le pago?
Sí, si pagás Impuesto a las Ganancias el sueldo y las contribuciones del personal doméstico son deducibles, con un tope anual. Para muchos empleadores ese ahorro fiscal cubre buena parte del costo de tenerla en regla.
¿Necesitás ayuda con tu empleada doméstica?
Nosotros nos ocupamos de todo: registración, liquidaciones y más.