Calculadora de liquidación final e indemnización

Antes de comunicar un despido conviene conocer el número. Esta calculadora indica el orden de magnitud con los conceptos que siempre intervienen.

Es una estimación orientativa con los conceptos principales. No incluye diferencias salariales por aumentos no aplicados, multas ni intereses, que en un reclamo real pueden pesar tanto como el capital.

Un error en la liquidación final es lo que después termina en reclamo. La hacemos nosotros: cálculo exacto, recibo y baja en ARCA.

Qué entra en cada caso

ConceptoDespido sin causaRenuncia
Días trabajadosSíSí
Aguinaldo proporcionalSíSí
Vacaciones proporcionalesSíSí
Indemnización por antigüedadSíNo
PreavisoSí, si no lo otorgóNo, a su cargo
Si no estaba registradaAntigüedad real + aportes adeudadosAportes adeudados

Las tres cuentas que más se hacen mal

La base de cálculo. No es el último sueldo: es la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año. Con paritarias que actualizan varias veces al año casi siempre es una de las últimas, pero si hubo un mes con horas extras puede ser otro. Equivocarse acá contamina todos los demás conceptos a la vez.

La fracción del último año. La indemnización por antigüedad es un mes por cada año o fracción mayor a tres meses. Una empleada con tres años y cuatro meses cobra cuatro meses, no tres.

El divisor de las vacaciones. El día de vacaciones se calcula dividiendo el sueldo mensual por 25, no por 30. Suena a detalle y es una diferencia del 20% sobre ese rubro.

Si estaba sin registrar

Hasta julio de 2024 la indemnización se duplicaba si la relación no estaba registrada. Esa regla (art. 50 de la Ley 26.844) la derogó la Ley 27.742, así que esta calculadora ya no la suma. Si ve el "doble" en otro sitio, está desactualizado.

Lo que sí sigue vigente: la antigüedad que cuenta es la real, aunque se haya declarado menos (y se puede probar con testigos); los aportes y contribucionesde todo el período se adeudan con intereses; y sin ART, un accidente queda a cargo del empleador. Por eso convieneregularizar antesde que la relación termine.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la indemnización por despido de una empleada doméstica?

Un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año. A diferencia del régimen general, en casas particulares no existe tope: la base es el sueldo real. A ello se suman el preaviso, si no se otorgó, y el aguinaldo y las vacaciones proporcionales.

¿Cuántos días de preaviso corresponden?

Diez días si la antigüedad es de hasta un año, y treinta días si es mayor. Si el empleador no otorga el preaviso, debe abonar la indemnización sustitutiva equivalente a ese período.

Si renuncia, ¿le tengo que pagar indemnización?

No. En la renuncia no corresponden ni la indemnización por antigüedad ni el preaviso a cargo del empleador. Sí corresponde la liquidación final: días trabajados del último mes, aguinaldo proporcional y vacaciones proporcionales no gozadas.

¿Qué pasa si no estaba registrada?

Desde julio de 2024 la indemnización ya no se duplica: la Ley 27.742 derogó esa regla. Pero la antigüedad que cuenta es la real y no la declarada, los aportes y contribuciones de todo el período se adeudan con intereses, y sin ART un accidente queda a cargo del empleador. En relaciones largas, los intereses pesan tanto como el capital.

¿Cómo se calculan las vacaciones proporcionales?

Se toman los días que corresponden por antigüedad —14, 21, 28 o 35 días corridos— y se prorratean según los meses trabajados del año calendario, descontando los días ya gozados. El valor del día se obtiene dividiendo el sueldo mensual por 25, no por 30.

¿La calculadora reemplaza el cálculo de un profesional?

No. Ofrece el orden de magnitud con los conceptos principales, que es lo que usted necesita para tomar una decisión. No contempla diferencias salariales por aumentos no aplicados, multas ni intereses, y cada caso presenta particularidades: antes de comunicar un despido conviene revisar los números concretos.

Base legal: Ley 26.844. La explicación completa está en despido e indemnización y en qué hacer si renuncia.

No comunique la decisión antes de conocer el número

Calculamos la liquidación final con todos los conceptos, le indicamos cómo instrumentar la comunicación, emitimos el recibo final y realizamos la baja en ARCA dentro del plazo. Una desvinculación bien hecha cuesta una fracción de lo que cuesta un juicio.

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